La medida fue establecida mediante un DNU que modificó la Ley de Migraciones y también alcanza a quienes participen en actos de ultraje contra los símbolos patrios.
El Gobierno modificó por decreto la Ley de Migraciones para impedir el ingreso al país de extranjeros que hayan dirigido mensajes de odio o incitado a la violencia contra el pueblo argentino o contra ciudadanos por su nacionalidad. La medida también alcanza a quienes hayan realizado, participado o instigado actos de ultraje contra los símbolos patrios nacionales.
El cambio fue dispuesto mediante el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, y permitirá, además, cancelar la residencia de los extranjeros que incurran en conductas contra la Argentina, con la posibilidad de ordenarles abandonar el país o disponer su expulsión. En la normativa, el Ejecutivo aclaró que no podrán incluirse dentro de estas causales las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas amparadas por la Constitución.
Asimismo, el Gobierno sostuvo que aumentaron “considerablemente” los mensajes de odio y los actos de hostilidad y menosprecio dirigidos contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional. También argumentó que esas manifestaciones representan “un riesgo para los ciudadanos y quebrantan el respeto básico” que deben mantener los extranjeros que pretendan ingresar o permanecer en el territorio nacional.
En la normativa señaló que ese tipo de conductas desnaturalizan el sentido de la política migratoria argentina y afectan las condiciones de “convivencia armónica y paz social”. De esta manera, sostiene que las acciones de odio o la propagación de la violencia pueden producir un impacto concreto sobre la integridad, la salud y los derechos de las personas.
Con ese fundamento, el DNU incorporó una nueva causal de impedimento de ingreso y permanencia en el artículo 29 de la Ley de Migraciones. El nuevo motivo consta de los mensajes de odio formulados de manera oral o escrita, la incitación a la violencia motivada por la nacionalidad argentina y la participación o instigación de actos de ultraje contra símbolos patrios.
Una disposición similar fue añadida al artículo 62 de la ley, que regula las causas por las cuales la Dirección Nacional de Migraciones puede cancelar una residencia otorgada. En esos casos, la decisión podrá conllevar la intimación a abandonar el país dentro de un plazo determinado o directamente la expulsión, para lo cual deberán considerarse las circunstancias personales y los hechos atribuidos al extranjero.